Videoconferencia Miércoles 13 de mayo.
3ºC/PMAR 2 11:00 h.
Enlace de la reunión:
https://educamadrid.webex.com/educamadrid/j.php?MTID=m61c39fa3f727671a34c42b7fb86f40c6
Número de reunión:
239 016 484
Contraseña:
wyN3ke6QEe7
El 7 de mayo de 1981, el Boletín Oficial del Estado publicó la Ley Orgánica 3/1981 de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. Las Cortes eligieron al primer Defensor del Pueblo el 28 de diciembre de 1982.
El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas españolas.
El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.
Cualquier ciudadano puede acudir al Defensor del Pueblo y solicitar su intervención, que es gratuita, para que investigue cualquier actuación de la Administración pública española o sus agentes, presuntamente irregular. También puede intervenir de oficio en casos que lleguen a su conocimiento aunque no se haya presentado queja sobre ellos.
Aquí les dejo los videos de esta semana, después como siempre las actividades.
Leemos la página 66 y hacemos las actividades: 1, 2, 3 y 4.
Las enviamos todas en un solo @.